viernes, 21 de febrero de 2020

ELEMENTOS DEL TIPO PENAL




ELEMENTOS DEL TIPO PENAL




Inicialmente se puede decir que es el estudio de los tipos penales, si falla algunos de los elementos del análisis del tipo nos encontraremos con una conducta atípica.


Que es el tipo penal? Es la descripción que el legislador ha hecho de una conducta la cual es de carácter general y abstracto, ya que no se refiere a un sujeto en particular. Es la descripción del delito.

Elementos del Tipo Penal

-Sujeto:
-Conducta:
-Objeto:

Elementos adicionales de algunos tipos penales:

-Subjetivo
-Normativo


-Sujeto: -Activo: ‘El que’, ‘Los que’, ‘El servidor público’

-S. A. Indeterminado o Común
-S. A. Calificado
-S. A. Determinado. Ejm, servidor público

También:
-S. A. Singular, ejm: art 106
-S. A. Plural, ejm: art 467

-S. A. Monosujetivo
-S. A. Plurisujetivo

-Pasivo: Titular del bien jurídico. No confundir con los perjudicados por el delito. En el nuevo código penal se les llaman ‘víctimas’.

-Conducta: Es lo que el S. A. debe realizar: ejm: matar. Es siempre un verbo o varios verbos.

-Simple: Un verbo

-Alternativa o compuesta: Varios verbos, no se necesita que el S.A. los realice todos.

-Circunstancia: -Tiempo: ejm: art. 108

-Modo: Conducta debe ser realizada de esa manera y no de otra. Ejm: art 205, 189.

-Lugar: ejm: art 189

Entonces tenemos Tipo Penal Circunstanciado o de Conducta Simple.


-Cond. Abierta: Se puede realizar de cualquier manera. Ejm: art 103. Casi todos los tipos penales son abiertos.
-Cond. Cerrada: Ejm: Acceso carnal violento. Art. 205

-Objeto: No es finalidad o meta. Es aquello sobre lo cual recae la conducta.

-Cuando recae sobre una persona: Personal

-Cuando recae sobre una cosa: Real

-Cuando recae sobre un aspecto jurídico: fenomenológico


ELEMENTOS DEL TIPO PENAL:

SUJETO:

SUJETO ACTIVO: Es el que realiza la conducta descrita en el tipo penal. (el que, los que, el servidor público que, quienes).

· Sujeto activo indeterminado o común: esta conducta descrita en el tipo penal puede ser realizada por cualquier persona.


Ejm: ART. 103.—Homicidio. El que matare a otro, incurrirá en prisión de trece (13) a veinticinco (25) años.

Lo puede realizar cualquier persona, se esta refiriendo a un sujeto indeterminado o común

El que: No solo se refiere al hombre, también hace referencia a la mujer ya que ella también puede realizar la conducta del tipo penal.
· Sujeto activo calificado o determinado: se cuando el sujeto esta indicado por una palabra que exige una condición especial respecto de quien realiza la conducta, esto es importante porque este tipo de delitos no pueden ser imputados a cualquier tipo de persona principal argumento de defensa para esta.

Ejm: ART. 190.—Violación de habitación ajena por servidor público. El servidor público que abusando de sus funciones se introduzca en habitación ajena, incurrirá en multa y pérdida del empleo o cargo público


ART. 397.—Peculado por apropiación. El servidor público que se apropie en provecho suyo o de un tercero de bienes del Estado o de empresas o instituciones en que este tenga parte o de bienes o fondos parafiscales, o de bienes de particulares cuya administración, tenencia o custodia se le haya confiado por……………..


· Sujeto activo singular o monosubjetivo: esta condición expresa que el actor del delito pueden ser uno o varios, pero no es presupuesto esencial para la tipificación que sea cometido por mas de 1.


Ejm: ART. 103.—Homicidio. El que matare a otro, incurrirá en prisión de trece (13) a veinticinco (25) años.Ejm: el homicidio, puede ser cometido por Pedro, Juan y Luís, en este caso uno y otro son homicidas, actores del delito, como también puede ser cometido por solo Luís.


· Sujeto activo plural o plurisubjetivo: esta condición predica esencialmente que la conducta si debe ser realizada por 2 o mas personas.



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