¿Qué es el Habeas
Data?
De acuerdo con el
artículo 15 de la Constitución Política de Colombia, el habeas data es el
derecho que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar la
información que se haya recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos
de entidades públicas y privadas.
En relación a la
información financiera, crediticia, comercial y de servicios, el Congreso de la
República expidió la Ley Estatutaria 1266 de 2008, la cual tiene por objeto
desarrollar el derecho constitucional al habeas data, determinando para ello
los derechos de los titulares de los datos y los deberes y obligaciones de los
bancos de datos y fuentes de información que remiten información a los mismos.
¿Cuáles son los
derechos de los consumidores financieros como titulares de la información?
Los derechos
específicos de los titulares de la información se encuentran determinados en el
artículo 6 de la Ley 1266 de 2008.
Frente a los
operadores de los bancos de datos:
Ejercer tu derecho
fundamental al Habeas Data, en los términos de la ley 1266, mediante la
utilización de los procedimientos de consultas o reclamos dispuestos por cada
operador de banco de datos. Sin perjuicio de los demás mecanismos
constitucionales y legales puestos a tu disposición para la protección de tu
derecho al habeas data.
Solicitar prueba de
la certificación de la existencia de la autorización expedida por la fuente o
por el usuario.
Solicitar información
acerca de los usuarios autorizados para obtener información.
Frente a las fuentes
de la información:
Ejercer los derechos
fundamentales del Habeas Data y de petición, cuyo cumplimiento se podrá
realizar a través de los operadores, conforme lo previsto en los procedimientos
de consultas y reclamos de la ley 1266 de 2008 sin perjuicio de los demás
mecanismos constitucionales o legales disponibles.
Solicitar información
o pedir la actualización o rectificación de los datos contenidos en la base de
datos, lo que realizará el operador con base en la información aportada por la
fuente, conforme se establece en el procedimiento para consultas, reclamos y
peticiones.
Solicitar prueba de
la autorización, cuando dicha autorización sea requerida conforme lo previsto
en la ley.
Frente a los usuarios
de la información:
Solicitar información
sobre la utilización que el usuario le está dando a la información, cuando
dicha información no hubiere sido suministrada por el operador.
Solicitar prueba de
la autorización, cuando ella sea requerida conforme lo previsto en la ley.
¿Cuáles son los
deberes de las entidades financieras como fuentes de información?
Garantizar la calidad
de la información que las fuentes suministran a los operadores de los bancos de
datos y/o a los usuarios.
Rectificar la
información cuando sea incorrecta e informar lo pertinente a los operadores.
Solicitar y conservar
copia de la respectiva autorización otorgada por los titulares de la
información y de asegurarse de no entregar a los operadores ningún dato cuyo
suministro no esté previamente autorizado.
Certificar al
operador que la información suministrada cuenta con la autorización, de
conformidad con lo previsto en la ley.
Informar al operador
que determinada información se encuentra en discusión por parte de su titular.
Comunicar al titular
de la información previamente al reporte.
¿Donde se puede
encontrar la ley?
La Ley 1266 de 2008
de Habeas Data y el Decreto 1727 de 2009 se encuentran publicados en la página
de la Superintendencia Financiera de Colombia.
¿Que es el historial
de crédito?
El historial de crédito es un registro
imparcial que contiene información acerca de las obligaciones crediticias,
financieras y comerciales actuales y pasadas que una persona ha contraído con
los establecimientos de crédito o con empresas comerciales o de servicios (como
telefonía celular, televisión por cable, internet, gas, agua, etc.).
El "historial de
crédito" muestra la actividad crediticia de la persona, indicando si ha
tenido retrasos en el pago de sus cuotas o si por el contrario, ha cumplido de
forma puntual con sus obligaciones.
En Colombia, los
bancos de datos son los encargadas de proveer a diario información actualizada
sobre el "historial de crédito" de las personas.
¿Que son los bancos
de datos?
Los bancos de datos o
centrales de información (Central de Información de la Asociación Bancaria y de
Entidades Financieras de Colombia -CIFIN-, Datacrédito, Covinoc, Computec,
Inconcrédito, Credicheque, Fenalcheque, etc.) son sociedades o agremiaciones de
carácter privado en las cuales se registra el comportamiento crediticio,
financiero y comercial de las personas que celebran operaciones con entidades
financieras, cooperativas y empresas del sector real.
Las centrales de
información no están sujetas a la inspección y vigilancia de la Superintendencia
Financiera de Colombia, no obstante pueden ser sujetas de inspección por parte
de la Superintendencia de Industria y Comercio.
Cuando se trata de
operaciones activas de crédito, celebradas con instituciones financieras, estas
entidades tienen el deber de actualizar y rectificar permanentemente la
información reportada a efectos de que siempre sea verdadera y completa.
¿En que momento una
entidad puede reportar a una persona negativamente en un banco de datos?
Una persona puede ser
reportada de forma negativa transcurridos 20 días calendario a partir de la
fecha en la que la entidad le envíe una comunicación previa en tal sentido. En
este tiempo, la persona puede demostrar o efectuar el pago de la obligación o
controvertir aspectos como el monto de la obligación o cuota y la fecha de
exigibilidad.
¿Por cuánto tiempo
quedará el histórico de la información negativa en los bancos de datos desde
que la persona se encuentre al día en los pagos?
Las reglas de
permanencia de información negativa fueron determinadas por la Corte
Constitucional en la sentencia C-1011 de 2008, mediante la cual se declaró
exequible el artículo 13 de la Ley 1266 de 2008, estableciéndose las
siguientes:
La caducidad del dato
financiero, en caso de que la mora haya ocurrido en un lapso inferior a dos
años, no podrá exceder el duplo de la mora.
Si el titular de la
obligación cancela las cuotas o el total de la obligación vencida en un lapso
que supera los dos años de mora, el término de caducidad será de cuatro años
contados a partir de la fecha en que éste cumple con el pago de su obligación.
Tratándose de
obligaciones insolutas, el término de caducidad del reporte negativo también
será de cuatro años, contado a partir de que la obligación se extinga por
cualquier modo.
¿Hay implicaciones en el tiempo de permanencia
de la información negativa cuando el pago es voluntario o es producto de un
proceso de cobranzas?
El pago voluntario o
no de la obligación no tiene incidencia en el término de permanencia de la
información negativa relacionada con la misma, no obstante dicho comportamiento
de pagos formará parte del historial crediticio; un pago voluntario genera una
mejor calificación del comportamiento crediticio del titular que un pago que
únicamente fue realizado por causa de una gestión de cobro judicial.
Buenas prácticas en
el manejo de la información crediticia.
Para prevenir
dificultades como Consumidor Financiero en tu información crediticia debe tener
en cuenta las siguientes prácticas:
Si estas reportado en
las centrales de riesgo con información producto de suplantación, debes
dirigirte a la entidad financiera fuente de la información, para que esta
realice las rectificaciones del caso. Igualmente, puedes solicitar al banco de
datos la inclusión en tu historial crediticio de una alerta por fraude o
posible suplantación de identidad.
Asegúrate de
finiquitar cualquier trámite de solicitud de crédito con la entidad. Si te han
otorgado un crédito, verifica la fecha y el monto del desembolso, así como la
fecha de pago y valor de la primera cuota. Si es negado, solicita la devolución
de todos los documentos entregados para el estudio o, en cualquier caso,
asegúrate que los mismos no serán usados para fines distintos.
Cumple con tus
obligaciones y paga la cuota de los créditos a tu cargo en las fechas y por los
valores convenidos. Debes estar pendiente de las fechas de pago. Recuerda que
el hecho de no recibir el estado de cuenta no te exime de la responsabilidad,
ni del deber de pagar la cuota correspondiente.
Recuerda que si no
pagas oportuna e íntegramente, se generarán intereses de mora y eventualmente
reporte de información en los bancos de datos. Adicionalmente, pueden generarse
honorarios de cobranza e iniciarse procesos judiciales con costos a cargo de
los deudores incumplidos. Esto implica que los valores que se paguen se
imputarán primero a estos conceptos y luego a las cuotas debidas.
Ten en cuenta que el
reporte puede ser positivo o negativo según se hayan honrado o no los pagos.
Recuerda que debes autorizar de forma expresa y voluntaria a la entidad
financiera la disposición de información para que la autorización sea eficaz
(esa autorización se otorga usualmente en el contrato de la obligación).
Conoce los tiempos de
permanencia en los bancos de datos, pues la información positiva permanece en
forma indefinida y para la negativa existen términos de caducidad fijados según
la Ley.
OMAR COLMENARES TRUJILLO ABOGADO ANALISTA |
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