martes, 15 de mayo de 2018

EL DELITO DE CUELLO BLANCO




EL DELITO DE CUELLO BLANCO




La teoría de Sutherland sobre el delito de cuello blanco trata uno de los problemas de tendencia creciente en la sociedad actual. ¿Qué es el delito de cuello blanco, y qué impacto tiene?

Colombia, así como otros países de los distintos continentes funcionan bajo un sistema capitalista que crea dos grupos sociales: el “grupo de los ricos” (unos pocos), y “el grupo de los demás” (una mayoría). Dos grupos muy diferentes en algunos aspectos, pero ambos parecen tener un mismo objetivo: Entrar, o mantenerse, en el grupo de los ricos. Es uno de los principales objetivos del ser humano que vive en un sistema capitalista: Ganar dinero, mucho dinero, con que más mejor, y si se consigue, buscar conseguir más. El capitalismo provoca esta necesidad (obtener dinero) que puede llegar a convertirse en deseo (obtener aún más dinero) o incluso en obsesión (nunca es suficiente dinero).

El poder y el dinero son las principales motivaciones de una gran cantidad de seres humanos. Encontramos múltiples explicaciones y teorías criminológicas que explican la aparición del crimen en relación con la economía. Cuando obtener el dinero es el fin por necesidad, pero los medios para obtenerlo son inalcanzables o demasiado lentos, el individuo delinquirá para satisfacer su necesidad. Cuando obtener el dinero es un deseo, y el medio para obtenerlo es una oportunidad fácil, el individuo es posible que delinca. Pero… ¿qué sucede si el individuo tiene un cargo de poder y un elevado poder adquisitivo? ¿Existiría algún tipo de motivación para delinquir? ¿se arriesgaría a cometer delitos? ¿Serían diferentes a los que cometería una “persona media”?


Sutherland y el “Delito de Cuello Blanco”


Edwin H. Sutherland ha sido considerado como uno de los criminólogos más influyentes del siglo XX. Una de las teorías más importantes elaboradas por Sutherland fue la teoría de la asociación diferencial, en donde explica que las conductas delictivas no son innatas sino aprendidas. Debido a que el ser humano al vivir en sociedad se relaciona continuamente con otras personas, existe la posibilidad de que determinados individuos (especialmente en los casos de jóvenes en proceso de aprendizaje) se junten con personas que no respetan la ley y aprendan de esos comportamientos. Por tanto, son las personas cercanas las que enseñan como delinquir. En cuanto a la motivación para delinquir, como explica Sutherland, una persona tiene mayor posibilidad de volverse delincuente si las actitudes positivas frente al comportamiento delictivo superan a los juicios negativos.

Pues bien, partiendo siempre de esta explicación de que el comportamiento criminal se aprende, se procede a explicar el delito que Sutherland definió como “delito de cuello blanco”.



Definición de “delito de cuello blanco”


Para Sutherland, el delito de cuello blanco es el delito cometido por un individuo profesional o de negocios con un alto estatus social y económico, con una visión general positiva que le permite evitar el proceso estigmatizador de ser visto como “un delincuente”. Comete sus delitos a través de su oficio o cargo que usa como vía para delinquir aprovechando su poder en el puesto. La “visión positiva” hacia estos sujetos hace que dispongan de la confianza de los demás facilitando así los fraudes u otros delitos.


Si juntamos el este concepto con algunas de las principales teorías criminológicas sobre la motivación de los individuos para delinquir, podemos concluir que el delincuente de cuello blanco actúa bajo circunstancias internas Delito de cuello blanco(el delito aprendido socialmente) y circunstancias externas (posibilidades y oportunidades para delinquir).

Y al igual que no podemos definir un perfil de “delincuente callejero” que recoja con exactitud sus rasgos correspondientes, tampoco podemos desarrollar el perfil exacto del delincuente de cuello blanco, pero si podemos aproximarnos en base a las siguientes ideas:

Por lo general, el delincuente de cuello blanco muestra un carácter materialista aprendido, siendo una obsesión la obtención adicional de dinero con independencia de la cantidad de la que ya dispone. Por otro lado es probable que el delincuente muestre un carácter narcisista y egocéntrico.


JUSTIFICACIÓN CRIMINOLÓGICA:


EI concepto ideado por Sutherland supone un apartamiento radical de la criminología positivista implantada en Europa y se inscribe entre las teorías predominantes de su tiempo, no implica la ruptura con el modelo etiológico, es decir inspirado en las causas del delito y en una ambición correccionalista según la cual eliminadas o reducidas las causas, se reduciría el fenómeno criminal.

Son distintas las teorías que trataron de explicar este tipo de criminalidad, pero podemos diferenciar dos grandes grupos:


TEORÍAS DE LA PERSONALIDAD DEL AUTOR:


Si bien es una de las argumentaciones esgrimidas sobre la etiología de la delincuencia de cuello blanco, debemos advertir que éstas han sido fuertemente criticadas y han sido prácticamente descartadas como justificativas.

Su base teórica la desarrollan a partir de las características psíquicas de quien es considerado delincuente.

En este orden de ideas se destaca el "Psicodrama de Mergen" que describe la estructura psíquica del delincuente de cuello blanco. Sus caracteres principales son: - Materialismo: sólo da valor a los bienes materiales. Es un auténtico maníaco, su tensión patológica se libera con la ganancia siendo su psicología similar a la del jugador.

- Egocentrismo (propio del estado primario), no alcanzan a lograr afectividad, esta soledad la compensan mostrándose caritativos y generosos.
- Narcisismo: los hace soberbios, insensibles y se traduce a su situación social , ropas, dinamismo y audacia. Inteligencia.
- Peligrosidad: porque no valoran límites éticos.
- Hipocresía: son fríos y se muestran generosos.
- Neuróticos: falta de conciencia de culpabilidad, se debe a que estos actos no provocan reacción social, por lo que no son considerados como delito.
Crítica: esta tesis no se adecua a la realidad, y no existe consenso en considerar al delincuente de cuello blanco como un enfermo.


TEORÍAS DE ORIENTACIÓN SOCIOLÓGICA:


Sin dudas es a explicaciones de este tipo a las que se recurre a la hora de evaluar criminológicamente la conducta del delincuente de cuello blanco.

Advertimos que se ha tomado una selección de las teorías que consideramos más representativas.

Teoría de la asociación diferencial:

La teoría de la asociación diferencial, postulada por Edwin H. Sutherland, rompe con el modelo consensual y orgánico de la sociedad, debido a que considera que las organizaciones sociales se encuentran pulverizadas. Cada una posee una jerarquía de valores propia.

Según esta teoría la conducta criminal es aprendida mediante la comunicación social, en el interior de un grupo restringido donde se establecen relaciones personales (igual que cualquier otro modelo de comportamiento). Estas asociaciones tendrán más o menos preponderancia en la formación del individuo de acuerdo a la frecuencia, duración, anterioridad, intensidad con que se entablen.

La formación criminal comprende tanto la enseñanza de técnicas para cometer infracciones simples o complejas, como la de aquellas necesarias a fin de "orientar las tendencias impulsivas" a nivel racional como de actitud. Ésto estará en función de la interpretación favorable o desfavorable que se realice de las disposiciones legales. Siendo predominantes estas últimas.

Se destaca en esta teoría una concepción distinta de norma jurídica, debido a que no es interpretada como "medio de protección de intereses particulares" sino como "regla de juego”. Le quita, de esta forma todo sustento axiológico y le otorga un carácter neutral.

El conjunto de valores a partir de los cuales se manifiesta el comportamiento criminal no explica su razón de ser, sino que depende de los contactos específicos a los que el sujeto esté expuesto en su ambiente social o profesional.

Por todo lo explicado esta teoría fue considerada ideal a fin de determinar los factores que conllevan a la formación y desarrollo del crimen organizado. Si bien sus postulados innovadores causaron fuerte impacto en la criminología de su tiempo, no tardaron los autores en comprobar las severas falencias teóricas que ella conlleva.

En primer término se advierte una visión determinista del actuar humano, será delincuente aquel que "aprendió del ambiente las técnicas, las motivaciones y los valores que llevan a violar la ley penal". El necesario proceso de aprendizaje está determinado por el azar, es decir depende directamente de las determinaciones favorables o desfavorables de la violación de la norma penal.

Por otra parte, si bien asume la pluralidad de códigos normativos, sólo le asigna un sentido negativo, producto de un proceso degenerativo de desorganización de la sociedad. Algunos criminólogos consideran que la criminalidad económica fue la respuesta a la implementación de nuevas reglas de juego en el proceso acumulativo. La nueva disciplina jurídica estuvo determinada por el incentivo a los procesos de concentración económica caracterizado por la formación de monopolios y multinacionales. De este modo se premiaba cierto tipo de actividad empresaria y se desestimaba otro.

En este sentido, parece una contradicción entre el capital como inteligencia colectiva con tendencia a la autodisciplina y el capital como anarquía, representado por el capitalista individual que busca el beneficio individual y se aparta de la disciplina impuesta por el capital En su conjunto,

Teoría de la Anomia:

La teoría de la anomia ideada por Robert Merton intenta explicar el fenómeno de la criminalidad partiendo de la discrepancia existente entre los fines culturales y acceso que determinados sujetos tienen a los medios legítimos. Para esto realiza una tipología en la que establece posibles estereotipos de conducta: el tipo conforme, innovador, retraído, rebelde.

A fin de explicar la criminalidad de cuello blanco el autor sostiene que se trataba de una desviación innovadora, "debido a que estos sujetos adhieren decididamente al fin social dominante en la sociedad estadounidense: el éxito económico y lo personifican sin haber internalizado las normas institucionales a través de las cuales se determinan las modalidades y los medios para alcanzar los fines culturales", considera asimismo que la clase de los hombres de negocios es un sector social en el que se encuentra gran parte de la población ampliamente desviada pero escasamente perseguida.

Un análisis crítico de la explicación criminológica ideada por Merton debe destacar en primer término que su teoría parte de la base de una "sociedad consensual" y tiene una misión estabilizadora del sistema y por la tanto intentará justificar e1 reclutamiento efectivo de la criminalidad de clase baja. No es propio de ella brindar una explicación para comprender la criminalidad de cuello blanco.

Sus principales críticos fueron quienes postulaban la teoría de la sub-cultura criminal (Cohen).

Consideraban que Merton en su tentativa de integrar a su teoría la criminalidad de cuello blanco se ve obligado a destacar un "elemento subjetivo individual”, identificado con la “falta de internalización de normas institucionales” y a dejar de lado la pauta objetiva establecida por la“limitada posibilidad de acceso a los medios”

Según Baratta, Merton no advierte el "nexo funcional objetivo” que reconduce la criminalidad de cuello blanco y la criminalidad organizada a la estructura del proceso de producción y de circulación de capital. "Estudios sobre la criminalidad organizada ponen en evidencia que entre la circulación legal y la circulación ilegal, entre los procesos de acumulación legales e ilegales, hay una sociedad capitalista en relación funcional objetiva".

Por otra parte se desdibuja el fenómeno si se supone que la criminalidad de las capas privilegiadas es un mero problema de socialización y de internalización de normas.

Teoría del "Labelling Aproach":

Esta teoría funda sus postulados en la atribución de roles a una persona a través de un proceso dinámico de interacción entablado entre el individuo y la sociedad, la auto-imagen estaría determinada por 1a visión que tiene de sí mismo el individuo según lo que los demás esperan de él.

La desviación primaria no tendría entidad suficiente como para asignarle un rol definitivo al individuo, pero establece las condiciones necesarias para que se produzca la desviación Secundaria, en la que los modelos formados son más firmes, y generalmente conlleva la Estigmatización pública y consecuente asignación del rol de desviado.

En orden a las críticas que se le esbozaron a esta teoría cuando intenta explicar la delincuencia de cuello blanco, se dice que la falencia está dada en que este tipo de delito no produce proceso de atribución alguno. Según Bajo Fernández sólo está capacitada para explicar la delincuencia tradicional.

IMPACTO DEL DELITO DE CUELLO BLANCO


Debemos de distinguir por una parte el impacto económico claro (la afectación del propio delito en la estructura económica), y el impacto físico del propio delito. En ambos casos, el impacto es importante debido a la “invisibilidad” del delito y al pensamiento general de que únicamente afecta al individuo estafado. Si unimos el impacto económico y personal, se produce una situación de anomía (situación de “ausencia de normas” en donde aparecen nuevas oportunidades para delinquir) que forma parte del daño social del delito.

Si continuamos esta línea de consecuencias entendemos que el aprendizaje del crimen y las oportunidades conducen a los delitos de cuello blanco, y la producción de estos delitos conducen al desarrollo de diferentes situaciones de anomía. Continuando esta línea, las anomías pueden originar una desconfianza social hacia instituciones sociales (por ejemplo, si el sujeto “A” realiza delitos de cuello blanco en la sucursal bancaria “X” de la identidad bancaria “W”, es fácil que parte de la sociedad pierda la confianza no en el sujeto “A”, ni en la sucursal bancaria “X”, sino en la identidad bancaria “W” o incluso, en general, en los bancos del país), lo que podrá provocar diferentes vulnerabilidades en mercados, sociedades, etc. Es por todo esto por lo que se concluye que el mayor riesgo de este tipo de delitos son las desestructuraciones tanto económicas como sociales producidas, mayores que las producidas por otros tipos de delitos.

Ahora bien, ¿Cómo puede resultar el impacto del delito prácticamente invisible, y aún así afectar a la sociedad? Imaginemos a un concejal de Medio Ambiente que durante los últimos años ha robado varios millones de euros al Ayuntamiento de la Ciudad X que idealmente iban a ser empleados en mejorar la estética de la ciudad. Ante esto, el ciudadano considerará que la víctima es el ayuntamiento, y no le da mayor importancia. Incluso si algún ciudadano se para a pensar que parte de ese dinero es suyo, ya que procede de sus impuestos o contribuciones al ayuntamiento, igualmente se consuela pensando que, de un modo u otro, ese dinero ya lo había “perdido” al pagarlo al Ayuntamiento, por lo que de una forma u otra el ciudadano considera el daño como algo ajeno a él. Esto hace que, salvo determinados casos, la reacción social sea mínima. Podemos comparar la reacción social que se produce por la paliza a un anciano de la ciudad o el asesinato de otro ciudadano (produce una fuerte reacción social ante el hecho que realmente es un delito ajeno al sujeto), a la reacción social del delito de cuello blanco en el que, realmente, todos los ciudadanos son víctimas del delito, no ajenas, y sin embargo la reacción social es mínima o nula. Eso sí, ante la falta de la reacción, si se produce una desconfianza hacia la política, ayuntamientos, sistema penal, etc. que sí podrá tener un efecto de difusión creando un ambiente de desconfianza cada vez mayor, frente a unas reacciones sociales cada vez menores o en ocasiones desacertadas.

PREVENCIÓN y REACCIÓN ANTE EL DELITO DE CUELLO BLANCO


La persecución de este tipo de delitos se realiza desde dos tipos diferentes de control social. Por una parte encontramos el denominado “control social informal”, realizado por todos aquellos que no forman parte ni representan una institución. Nos referimos por tanto a un control social realizado por amigos, familia, etc. los cuales permiten un control del delito antes de su aparición. Esto se realiza principalmente a través de la enseñanza, promoviendo aptitudes sociales relacionadas con el respeto a las normas, empatía hacia posibles víctimas, relación entre iguales (ya que en ocasiones los delincuentes de cuello blanco no ven a su víctima como “un igual” sino como”un inferior”), etc. El desarrollo de estas aptitudes puede ser determinante para evitar el delito en el futuro.

En cuanto al “control social formal”, es el control que presentan desde las instituciones y desde el Estado a través de estrategias y sanciones que se encuentran dentro (Policía, cuerpos penitenciarios y judiciales, etc). Este control es fundamental, más aún teniendo en cuenta que si bien el “control social informal” puede ser efectivo en una etapa de la vida (por ejemplo, en la juventud a través de la enseñanza familiar), sigue existiendo la posibilidad de que el individuo en la adultez desarrolle una conducta desviada debido a nuevas influencias (recordemos la teoría de asociación diferencial) o frustraciones, junto con la aparición de oportunidades.

En Nuestro país nuestra legislación Penal desarrolla en primer lugar los delitos de cuello blanco a partir del título XV Delitos contra la administración Publica, peculado, Prevaricato, Cohecho, concusión, delitos que en otras oportunidades hemos estudiado, sin embargo como se dijo, el cuello blanco también atañe al sector privado, por lo tanto son predicables, el concierto para delinquir, el fraude, lavado de activos y hasta el mismo homicidio entre otros, diseminados en la Ley 599 de 2000.

Omar Colmenares Trujillo
Abogado Analista







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