ALGUNOS
CONCEPTOS DE CRIMINOLOGIA
DELITO,
CRIMEN Y DELINCUENCIA
PARTE
1
La criminología es una ciencia
social interdisciplinar que se encarga del estudio empírico de la delincuencia
como fenómeno social en su conjunto, del delito como acto individual, del
delincuente, de la víctima y del control social (formal e informal) del comportamiento
delictivo. En este artículo veremos algunos de estos conceptos de modo muy
breve:
DELITO. El delito es un fenómeno
social, ya que es la propia sociedad la que determina que conductas son lícitas
y cuáles no y para que exista es necesario que la acción u omisión llevada a
cabo, esté recogida como punible en el Código Penal. Estamos ante una conducta
típica, antijurídica y culpable que tiene una sanción penal, en el ordenamiento
jurídico del país donde se produce, ya que una conducta puede ser delictiva en
un lugar y en otro no. Por ejemplo: en la actualidad existen 194 países
soberanos en el mundo. Las leyes de 80 países castigan la homosexualidad y 7 de
ellos aplican la pena de muerte.
El delito cambia según
evoluciona la sociedad, la cultura, la tecnología, los valores políticos, la
economía e incluso la religión. Es espacial y temporal de modo que las
conductas consideradas ilícitas se tipifican como tal teniendo en cuenta los
factores político-sociales de cada momento. Lo que hoy es delito en una
sociedad, quizás mañana ya no lo sea, de la misma manera que muchas conductas
consideradas delito en el pasado, hoy ya no lo son.
CRIMEN. Desde el punto de vista
jurídico crimen y delito son conceptos equivalentes, ya que ambas conductas son
punibles. Pero delito es un comportamiento más genérico, abarca muchas
conductas y muchos bienes jurídicos a proteger: vida, patrimonio, salud,
integridad personal, intimidad, libertad, honor, etc.
El crimen es un concepto para
referirse a un delito de extrema gravedad, a un delito ofensivo contra las
personas, como el asesinato o la tortura. Un crimen implica una voluntad
consciente de matar o de herir gravemente a otra persona. Algunos son tan graves,
que son considerados por la comunidad internacional como crímenes
internacionales.
En el preámbulo del Estatuto de
Roma, instrumento constitutivo de la Corte Penal Internacional (CPI) de 17 de
julio de 1998, se señala que en el siglo XX millones de niños, mujeres y
hombres han sido víctimas de atrocidades que desafían la imaginación y
conmueven profundamente la conciencia de la humanidad. La CPI se creó con el
objetivo de que los crímenes más graves, aquellos que tuvieran una gran
trascendencia para la comunidad internacional, se sometieran a la justicia y no
quedaran impunes. Históricamente ya se intentó en varias ocasiones crear un
tribunal similar: Juicios de Núremberg (1945) y Tokio (1946) o los creados en
la década de los 90 para enjuiciar los crímenes cometidos en la antigua
Yugoslavia (1993) y en Ruanda (1994). ¿Cuáles son los cuatro crímenes
internacionales más graves?
A.- Genocidio (artículo 6
Estatuto de Roma). Aquellos actos perpetrados con la intención de destruir
total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso. Matanza
de miembros del grupo, lesiones graves a la integridad física y mental de los
miembros del grupo, medidas destinadas a impedir nacimientos en ese grupo, y
traslado forzoso de niños del grupo a otro grupo.
B.- Crímenes de lesa humanidad
(artículo 7). Actos cometidos como parte de un ataque generalizado o
sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque.
Asesinato, exterminio, esclavitud, deportación de la población, encarcelación u
otra privación grave de libertad, tortura, violación y prostitución forzada,
embarazo forzado, esterilización forzada, desaparición forzada de personas.
C.- Crímenes de guerra (artículo
8). Actos cometidos durante un conflicto armado (internacional o guerra civil).
Asesinatos, torturas o tratos inhumanos incluidos los experimentos biológicos,
deportación, privar a un prisionero de guerra o a otra persona a ser juzgado
legítimamente imparcialmente, etc.
D.- Crímenes de agresión
(artículo 8 bis). Aquel que comete una persona que controla o dirige una acción
política o militar de un Estado y planifica prepara o inicia un acto de
agresión contra otro Estado.
DELINCUENCIA. La delincuencia a
lo largo de la historia no ha sido uniforme, ni lo es hoy en día ni lo será en
un futuro, de modo que está en continua evolución, al igual que el delito. Es
un problema real que varía en intensidad, gravedad, tipología y cuantía según
el tipo de sociedad, pero existe en todas ellas. Cada época y cada sociedad ha
tenido y tiene sus propios delitos y sus propios delincuentes porque en cierto modo, la delincuencia es
construida a partir del rechazo social de determinadas conductas o
comportamientos. Como dijo Emma Goldman[1] “Una sociedad tiene los delincuentes
que se merece”.
Ha ido variando el bien jurídico
protegido (honra familiar, patrimonio, vida, infancia, honor e intimidad,
propia imagen), el modus operandi y los medios para cometer delitos (violentos,
insidiosos, planificados, organizados, intimidantes, tecnológicos) e incluso
los tipos de delincuentes y el espacio dónde delinquir (ciberdelincuentes).
Existen muchas clasificaciones
que provienen de diferentes estudios e investigaciones sobre los diferentes
tipos de delincuencia que existen. Siguiendo a César Herrero (2011) podemos
distinguir dos tipos:
Delincuencia convencional. Se da
en cualquier tipo de sociedad y supone la infracción de reglas jurídicas
tradicionales: homicidios, robos, agresiones sexuales, integridad física,
libertad, coacciones, amenazas, etc. Esta delincuencia está asociada a un
sujeto concreto e identificable y existe una relación directa entre el
delincuente y la víctima, que queda perfectamente identificada como persona
individual. López-Rey la describe como la delincuencia perpetrada por el ciudadano
de “a pie” especialmente por el marginado y el excluido. Estaríamos ante una
delincuencia no organizada, no sofisticada y que queda registrada en las
estadísticas policiales, jurídicas y penitenciarias, así como en las encuestas
de victimización.
Delincuencia no convencional.
Vinculada al uso corrupto del poder político y económico y al tráfico de
influencias. A finales de los años 30 Sutherland denominó a este tipo de
delincuencia White Collar Criminality o delincuencia de cuello blanco y se
incluyen delitos como el blanqueo de capitales, corrupción, delitos fiscales y
financieros, contrabando, delincuencia organizada, etc. En este caso la víctima
aparece de forma difusa, dando la sensación de que es la propia sociedad.
Estamos ante una delincuencia organizada y cualificada, ya que los delincuentes
están académica y profesionalmente preparados.
Hoy tenemos una nueva
delincuencia relacionada con el progreso y llevada a cabo con novedosos modus
operandi. No solo se sirve de las nuevas tecnologías, sino que se extiende
rápidamente en el espacio geográfico y es altamente nociva para la sociedad,
dando lugar a la aparición de un nuevo escenario criminal, internet, un lugar
dónde existen numerosas posibilidades y formas de delinquir: sexting, grooming,
stalking, phising, pharming, hacking, cracking, etc.
Omar Colmenares Trujillo Abogado |
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