LA DOGMÀTICA JURÍDICO PENAL
En este mes nos detendremos en el estudio de unos de los temas que más me agradan, la Dogmática Jurídico Penal, como el estudio metodológico y sistematizado de la teoría del delito, que no es otra cosa que la disciplina que estudia las normas jurídico penales vigentes, su interpretación y sistematización con base en la teoría del delito. Y para qué? Para poder establecer reglas de imputación a un caso concreto, brindando así seguridad jurídica, elemento esencial del estado de derecho.
Quiero con esto decir, que la Dogmática jurídico penal incumbe principalmente a los operadores jurídicos, es decir a los jueces, magistrados, funcionarios judiciales y abogados, es decir quienes tenemos la necesidad de aplicar la normas penales en la sociedad.
Pero es el estudio de la Dogmática penal un imperativo para el abogado que quiera ser reconocido como jurista, que pretenda ser distinguido como experto en cualquier área; es decir un estudioso del derecho; no obstante y muy a mi pesar tengo que decir así como tambien lo sostienen muchos de mis colegas, la Dogmática Jurídico Penal está perdiendo la batalla, los jueces, ni los fiscales tiene tiempo para estudiar, y particularmente en Colombia, por la misma crisis de la justicia, deficiencia de personal, sobrecarga laboral y una política criminal incipiente. Sonados son los casos en los medios de comunicación donde se cuestionan algunos fallos y decisiones judiciales, como dejar en libertad a un confeso delincuente, y desafortunadamente, hay muchos funcionarios que pese a tener magister y doctorado, en la práctica parecen desconocer el concepto de delito, de ahí que desde las facultades de derecho a los estudiantes deben habituarlos en la disciplina de la investigación de esta disciplina tan maravillosa como la dogmática jurídico penal.
Para los especialistas teóricos la dogmática jurídico penal nace en el siglo XIX como producto o resultado del positivismo jurídico, así pues la dogmática penal es la herramienta de trabajo aplicada a la norma.
Dicho esto entonces haremos un repaso por algunos temas como la obediencia debida, el estado de necesidad, el error de tipo, la culpabilidad, la antijuridicidad, las causas de ausencia de responsabilidad en Colombia, y todo aquí en este espacio.
El objeto de la dogmática (de cada dogmática) es un fragmento de un sistema jurídico vigente;
el objeto de la dogmática (de cada dogmática) es un fragmento de un sistema jurídico vigente; b) su método se basa en asumir un punto de vista interno o normativo (los enunciados dogmáticos se emiten desde la perspectiva del aceptante, no del observador externo o del crítico social); y c) sus tres funciones básicas consisten en c’) describir y explicar esa porción del ordenamiento jurídico; c’’) sistematizarla, o sea, elaborar los conceptos con que aprehender intelectualmente esa materia; c’’’) proponer criterios para facilitar la aplicación, interpretación y producción en ese sector del Derecho; esta tercera función tiene un carácter final, de manera que las dos anteriores deben entenderse como instrumentales en relación con ella.
Omar Colmenares Trujillo
LAWYER
No hay comentarios:
Publicar un comentario