viernes, 2 de febrero de 2018

PORQUE FUI REPORTADO?



ABUSOS MAS COMUNES EN LOS REPORTES A CENTRALES DE RIESGOS 


Reporte por parte de la entidad financiera a las centrales de riesgo sin contar con la autorización expresa del deudor o el pagaré; no actualizar de manera oportuna en dichas bases de datos los pagos realizados por el deudor; no informar antes al cliente que realizará un reporte negativo a los operadores de bancos de datos y no atender las reclamaciones de los deudores, son cuatro de las principales razones que han llevado a la Superintendencia Financiera y la superindustria a imponer sanciones y a reiterar el llamado de atención para que sus vigilados cumplan las normas.
Muchas personas ni siquiera saben que están reportadas, y en muchos casos, han sido reportadas por errores o deudas inexistentes, o por ser fiadores de alguien que no pagó un crédito, pero que no fueron notificados de esa situación, lo cual les impide solucionar la causa del reporte.
Antes de proceder a reportar negativamente a una persona a las centrales de riesgo, primero hay que notificarla del hecho para que esta tenga la oportunidad de actuar en consecuencia.
Quizás el principal atropello que se ha cometido con los usuarios del sistema financiero y demás empresas que afiliadas a las centrales de riesgo, es que no se les notifica antes de ser reportados.
Únicamente puede ser reportado negativamente después de 20 días desde que la entidad le envíe una comunicación en tal sentido. En este tiempo, usted puede demostrar o efectuar el pago de la obligación o controvertir aspectos como el monto de la obligación o cuota y la fecha de exigibilidad.

TIEMPO DE PERMANENCIA DE SU DATO NEGATIVO EN UNA CENTRAL DE RIESGO


Si usted ya pago, aquí le muestro cuanto tiempo tiene para que se desaparezca el reporte negativo, si ya se venció el termino debe hacer la reclamación por Caducidad del reporte tal y como lo indique en el articulo dos sobre que hacer?
Las centrales de riesgo están legalmente facultadas para conservar en sus archivos toda la información histórica de una persona. En tal sentido, la ley dispone que la información de carácter positivo permanecerá indefinidamente en los bancos de datos de los operadores de información.
En relación con los datos negativos, esto es, los que hagan referencia al tiempo de mora, tipo de cobro, estado de la cartera y en general aquellos referidos a una situación de incumplimiento de obligaciones, la ley y la jurisprudencia establecen las siguientes reglas:
1. Si se realiza el pago de una obligación en mora por menos de dos años: estará reportado por el doble del tiempo que estuvo en mora.
2. Si se realiza el pago de una obligación en mora igual o superior a dos años: estará reportado hasta máximo cuatro años.
Lo anterior es lo que se conoce como derecho al olvido, es decir, a que los datos negativos no permanezcan indefinidamente reportados en las bases de datos de las centrales de riesgo.

SI USTED FUE REPORTADO POR UNA DEUDA QUE NUNCA HA ADQUIRIDO?

Entonces pues estamos frente a una suplantación de persona, la cual con su documento de identidad adquirió la obligación la incumplió y fue reportado, para lo cual deberá presentar la queja ante las centrales de riesgo respectivas, así como también a la superindustria para que se ordene la supresión del dato negativo, a lo cual deberá anexar copia de la denuncia ante la fiscalía General de la nación por Falsedad personal.

Aquellos reportes negativos que tengan como origen una obligación cuya existencia es discutida por el titular del dato por haber sido víctima de suplantación de su identidad, deben ser eliminados de los reportes de crédito”, señala la entidad.

Espero haber resuelto algunas dudas a mis estimados lectores a través de esta zaga jurídica de tres artículos en donde le enseñamos como reclamar sus derechos cuando han sido vulnerados por las Centrales de riesgo., cualquier otra pregunta en particular no olvide asesorarse de un abogado especialista en Derecho Financiero o Llámenos!. 


Omar Colmenares Trujillo
Abogado Analista



 

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