LA
CARGA DE LA PRUEBA EN EL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO
El
artículo 167 del Código General del Proceso (“CGP”) modificó el régimen de la
carga de la prueba, que tradicionalmente se basaba en la regla de la carga
estática (“RCE”), gracias a la adopción, al menos en apariencia, de la regla de
carga dinámica (“RCD”). Pero, esta última figura tiene aparentes beneficios, en
la práctica su uso se muestra problemático. En adición, la Corte Suprema de
Justicia ha considerado que la norma en cuestión solamente estableció la
posibilidad de que el juez asignara deberes probatorios a una de las partes,
más no modificó la RCD.
¿En
qué consiste la RCD?
El SCE
es el sistema tradicional que viene del antiguo Código de Procedimiento Civil.
Consiste en una regla abstracta para todos los casos judiciales, según la cual,
una vez analizadas las pruebas practicadas, sin importar quien las solicitó, el
juez debe establecer si todos los hechos narrados por las partes están
demostrados o no. En caso de que alguno, no esté demostrados, el juez debe
fallar en contra de la parte que debía probarlos. Se dice, por tanto, que la
RCE es directamente una regla de juicio, porque le indica al juez cómo debe
fallar un caso en el evento de que algunos hechos no estén probados, e
indirectamente una regla de comportamiento porque marca el derrotero al cual
deberán ajustarse las partes si pretenden obtener un fallo a favor.
¿En
qué consiste la modificación al Art. 167 del CGP?
En el
Artículo 167 del CGP el legislador, además de consagrar en el primer inciso la
RCD, estableció en sus incisos 2 y 3 la posibilidad de que el juez, antes de
fallar, pueda ‘redistribuir la carga’ exigiendo que determinado hecho sea
probado por la parte que se encuentre en una situación más favorable para
‘aportar las evidencias o esclarecer los hechos controvertidos’, señalando el
inciso 2 varios criterios para establecer esa favorabilidad, tal como la
cercanía con los medios de prueba.
¿En
caso de que en la norma se estuviera consagrando la RCD, qué beneficios o
desventajas traería?
Si se
aceptara que el Artículo 167 del CGP estableció la RCD, sería preciso aceptar
que esta figura permite aligerar la carga de aquellas partes que se hallan en
una situación de dificultad para probar determinado hecho, pues este deberá ser
probado por la parte contraria por orden del juez. Sin embargo, las desventajas
tienen que ver con la aplicación práctica de la figura. Así, si un juez asigna
la prueba de un hecho a la parte que no debía probarlo, no es claro qué sucede
si esta parte no cumple con la orden del juez, sin que pueda aplicarse la regla
de juicio en su contra, pues el hecho debía probarlo la parte contraria. Si,
por ejemplo, el juez ordena que la parte demandada demuestre que ocurrieron los
elementos de la compraventa, y esta no cumple dicha orden, no podría fallarse
declarando la simulación pues este hecho no está demostrado.
¿Qué
ha dicho la Corte Suprema de Justicia al respecto?
Esta
Corporación, en fallo del 29 de marzo de 2017 (rad.
11001-31-03-039-2011-00108-01) consideró que no podía entenderse que el
artículo 167 del CGP hubiera consagrado la RCD, pues “no es posible variar o
distribuir la carga de la prueba de los elementos fácticos descritos en las
distintas normas sustanciales sin que se viole el sentido original de las
mismas, por lo que dicha infracción ameritaría el quiebre del fallo que haya
incurrido en tal error, de conformidad con la respectiva causal de casación”.
Para la Corte lo que la norma consagró fue un ‘deber de aportación de pruebas’
que el juez puede establecer en cabeza de alguna de las partes, cuyo
incumplimiento no puede generar automáticamente un fallo adverso.
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