DERECHO PENAL MININO
DESPENALIZACIÓN DE LA INASISTENCIA ALIMENTARIA.
El derecho penal es una rama del derecho público,
que regula el poder punitivo del estado en el marco de supuestos de hechos
estrictamente determinados por la norma,
como presupuesto una pena o medida de seguridad; en este orden de ideas la
teoría del derecho penal mínimo busca la más ínfima intervención del estado en
los conflictos que surjan en la sociedad.
Hoy el consejo de política criminal en cabeza del
Fiscal General de la Nación y el Ministerio de justicia pugnan por la
despenalización de un sinnúmero de delitos, como es en el caso subexamenine la
inasistencia alimentaria, esgrimen que no se cumple el objetivo de satisfacer
los alimentos a los menores y si por el contrario se estigmatiza al padre
irresponsable.
Pero considero que lo que hay detrás de este debate
es la crisis del derecho penal liberal, toda vez que el denominado modelo
panpenalista identificado como la creación cada vez más acelerada de delitos,
entra en contradicción con los principios y postulados mismos del derecho
penal.
Estamos saturados de normas, y precisamente se ve
manifestado en ese crecimiento
vertiginoso de tipificación de conductas
punibles para todo y por todo, la
sociedad esta llegando al límite considerando que el unico instrumento para
garantizar nuestros bienes jurídicos es a través de la cárcel, y esta creencia
es un grave error, porque lo único que
demuestra esta realidad es la
deficiencia del estado en brindarnos la seguridad y la tranquilidad en nuestras comunidades.
Nuestra legislación ha llegado a una forma de
extrema ratio, algo así como neopunitivismo consistente en creer que el poder
punitivo del estado debe llegar a todos los rincones de la vida, en donde por
supuesto la venganza pareciera ser el factor determinante de la culpabilidad en
la tipificación de conductas punibles, tal es el caso de la prisión perpetua
para violadores.
En este mismo sentido, pienso que la pena no puede
equipararse a un afán desmesurado de mano dura, de venganza, lo cual nos
acercaría al primitivo derecho penal donde la ley del talión dejó consecuencias
históricas mu negativas para la humanidad.
La política criminal que esboza el derecho penal
mínimo es la transformación misma de la sociedad, una política consistente en
verdaderas y únicas transformaciones sociales e institucionales para garantizar
el desarrollo de las sociedades, igualdad y democracia, ello sin dejar de un lado
la función de seguridad jurídica del derecho penal.
En este artículo, me parece importante traer a
colación y en relación al derecho penal mínimo, la teoría del abolicionismo
expuso quizá por primera vez por Louk Hulsman, y que se refiere a la cantidad
de violaciones de derechos humanos a los procesados o reos, y que la cárcel en
ultimas es una acción política contra las clases más pobres,
En consecuencia, creo también que lo único que se ha
conseguido con la penalización de la inasistencia alimentaria es congestionar
los despachos judiciales de querellas, muchas de ellas sin fundamento, pero eso
si logrando la estigmatización de las
clases sociales más bajas, donde el padre en condiciones de extrema pobreza, y
con dificultades económicas es tratado de delincuente.
Porque no hay que echar de menos, que la mayoría de
los casos los padres denunciados ganan menos de un salario mínimo, están sin
trabajo y viven en extrema pobreza, las madres por su parte han utilizado la
denuncia en una manera de venganza frente a estos padres irresponsables por
problemas maritales en la relación.
De acuerdo de las estadísticas presentadas por la
fiscalía general de la nación muy pocos casos de insistencia alimentaria llegan
a sentencia condenatoria, toda vez que hay conciliaciones, acuerdos, o
sencillamente se archivan por falta de interés de las denunciantes.
Conforme a los argumentos expuestos, me alejo de las
concepciones neopunitivistas en nuestra legislación Colombiana y solicito
también como ciudadano, la despenalización de la insistencia alimentaria,
porque observo que con fundamento en el derecho penal mínimo, la política
criminal debe enriquecerse de otras ciencias auxiliares del derecho penal como
la sociología criminal y la criminología sin antes fortalecer las instituciones
de derecho que permitan garantizar de forma efectiva los alimentos de los niños
niñas y adolescentes.
OMAR
COLMENARES TRUJILLO
ANALISTA
JURIDICO
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