CARTA
SOBRE LA TOLERANCIA
John
Locke
En esta oportunidad les
traigo una de las no tan conocidos ensayos del afamado filosofo político inglés
John Locke, escrito en 1689 fruto de la división del cristianismo en Europa, y
donde se cometieron actos de violencia y barbarie religiosas, la preocupación
del autor se centra en un tratado de tolerancia, en donde el poder terrenal no
interfiera con el espiritual y me llamó
sobre todo la atención , en momentos en las que actualmente estamos percibiendo
cierta dosis de autoritarismo religioso dentro de las iglesias protestantes,
con alta tendencia al fanatismo.
Para empezar podría subrayar
la siguiente frase del autor respecto sobre la violencia y la fuerza para
acceder al evangelio de Cristo:
“Si alguien sostiene que los
hombres deben ser obligados a fuero y espada a profesar determinadas doctrinas,
y a acatar uno u otro culto externo, sin respeto alguno por sus principios
morales; si alguien se esfuerza por convertir a aquellos que yerran en la fe,
forzándolos a profesar cosas en que no creen, y permitiéndoles practicar otras
que no son permitidas por el Evangelio, no puede dudarse entonces, en realidad,
de que tal persona sólo desea reunir una asamblea numerosa que profese lo mismo
que él; pero sería increíble que pretendiese intentar por tales medios la
constitución de una verdadera Iglesia cristiana.”
Esto nos quiere señalar bajo
los terribles momentos que vivió en su época el autor que no es con la fuerza
ni el terrorismo espiritual que se consiguen almas para la salvación, no
podemos obligar a los demás a que crean lo que yo creo, es un abuso y quizá una
falta de respeto para quienes piensan distinto, y desde esa óptica no es legítimo
traer miembros a una iglesia obligados a perseverar en una fe en la que no
creen.
En ese orden de ideas señala
en que consiste la religión,
“Toda la existencia y el
poder de la verdadera religión consiste en la persuasión interior y completa
del espíritu; y la fe no es tal sin la creencia. Aunque hagamos cualquier
profesión, o nos sometamos a cualquier culto externo, si no estamos plenamente
convencidos de que aquélla es la verdad y éste agradable a Dios, tal profesión
y tal culto, en lugar de constituir un progreso, serán de hecho grandes
obstáculos para nuestra salvación”
Luego no pueden las iglesias
caer en el juego de constreñir a sus seguidores, porque lo que estaría
cometiéndose seria todo lo contrario que demanda el mensaje de Salvación de
cristo, porque en ninguna parte del evangelio se ve a Nuestro Rey de Reyes
enviando mensajes de terrorismo Espiritual para convertir a las personas a la
Fe, todo lo contrario uso el amor y solo el amor a través de sus testimonio
santo de vida para que muchos creyeran y fueron salvados.
En este mismo sentido el
autor ingles señala:
“Veamos ahora lo que es una
iglesia. Considero que ésta es una sociedad voluntaria de hombres que se reúnen
de mutuo acuerdo para rendir culto público a Dios en la forma que ellos juzguen
que le es aceptable y eficiente para la salvación de sus almas “.
No hay una definición más exacta de lo que es
verdaderamente una iglesia, como ese
grupo de personas que se reúnen de mutuo acuerdo, es decir con pleno
convencimiento de lo que quieren creer y son ellos mismos voluntariamente los
que deciden someterse a sus propias reglas de juego de acuerdo precisamente a
su fe.
Pero una iglesia de cristo debe estar basada
precisamente en los postulados de cristo y no de las invenciones humanas, así
lo relata el célebre inglés,
“…Me pregunto ahora ¿es más compatible con la
iglesia de Cristo, que los hombres impongan sus propias invenciones e
interpretaciones a otros, como si provinieran de la autoridad divina; y
establezcan, mediante leyes eclesiásticas, qué cosas son absolutamente necesarias
para la profesión del cristianismo fuera de las que las Sagradas Escrituras
mencionan o por lo menos ordenan expresamente? Quienquiera que precise cosas en
función de la comunión eclesiástica que no hayan sido prescritas por Cristo
para la vida eterna, podrá quizá formar una sociedad que se acomode a su propio
criterio y provecho; mas no comprendo cómo podrá ésta ser llamada iglesia de
Cristo, si está basada en leyes que no son las suyas y que excluyen de la
comunión a personas que Cristo recibirá un día en el reino de los cielos…”
Y ya concretamente en lo atinente a la
tolerancia dentro de la misma iglesia advierte:
“…En primer lugar, sostengo que ninguna
iglesia, por el solo deber de la tolerancia, está obligada a mantener en su
seno a alguien que, después de haber sido amonestado, siga ofendiendo
obstinadamente las leyes de esa comunidad. Porque, siendo ésta la condición
esencial de esa fe, y el lazo que lo une a ella, si fuera permitido infringirla
sin censura alguna, esta comunidad se disolvería de inmediato por tal causa.
Pero, sin embargo, debe procurarse que esta excomunión y su ulterior ejecución
no se lleven a cabo en manera tan brusca, ya sea en lo verbal o en la acción
misma, que llegue a provocar que la persona expulsada reciba algún daño en sí
misma o en sus bienes…”
Y continúa
“…En segundo lugar: Ningún individuo
particular tiene derecho a perjudicar a otra persona en sus derechos civiles
por el hecho de abrazar otra iglesia o religión. Todos aquellos derechos o
franquicias que le pertenecen como hombre o residente, deben serle preservados
en forma inviolable. No son materia de religión.
No hay, por lo tanto, ni individuos ni
iglesias ni Estados que tengan justificación para invadir los derechos civiles
y los bienes terrenales de cada cual bajo pretexto de religión. Quienes no
concuerdan con esto, harían bien en meditar sobre los perniciosos gérmenes de
discordia y de guerra, en cuán poderosa provocación para interminables odios,
rapiñas y asesinatos proporcionan a la humanidad.
En tercer lugar, veamos qué es lo que exige
el deber de la tolerancia de quienes se distinguen del resto de la humanidad
(de los laicos, como ellos nos denominan) en virtud de su carácter y oficio
eclesiástico, ya sea de obispos, sacerdotes, presbíteros, pastores u otros
títulos. No me incumbe indagar sobre la fuente del poder o dignidad del clero.
Solamente deseo señalar que cualquiera sea el origen de su autoridad, al ser
eclesiástica, debería estar limitada a la esfera de la Iglesia, y no extenderse
a los asuntos civiles, puesto que la iglesia es, en sí misma, algo
completamente aparte y diferenciado del Estado…..”
Por ultimo Locke dice cuál debe ser la
posición del gobernante respecto de la iglesia
“…Ya hemos probado que el cuidado de las
almas no pertenece al príncipe; no es inherente a su función, que consiste en
prescribir la ley y exigir su cumplimiento mediante sanciones. Pero no puede
negarse a hombre alguno esa preocupación caritativa que es el adoctrinamiento,
la admonición y la persuasión. Por consiguiente, el cuidado del alma de todo
hombre sólo le pertenece a él…”
Entonces en este punto es conveniente
recordar lo expresado.
“….A estas sociedades religiosas las denomino
iglesias, y afirmo que el gobernante debería tolerarlas, ya que el objetivo de
estas asambleas del pueblo no es otro que lo que es la legítima incumbencia
para cada individuo en particular: es decir, la salvación de sus almas, y en
este caso no existiría tampoco ninguna diferencia entre la iglesia nacional y
las demás confesiones separadas…”
E insiste:
“…En los asuntos corrientes de la vida, es
libre y legítimo el uso de cosas indiferentes no prohibidas por Dios, y por
ende, la autoridad humana tiene potestad sobre esas cosas. Pero no es así en
materias de religión…”
Pero hay una expresión que me llama mucho la
atención:
“….No obstante, para los creyentes del
Evangelio que piensan que el primero o séptimo día de la semana fue determinado
por Dios para ser consagrado a su culto, ese día no es una mera circunstancia,
sino una parte esencial del culto divino que no puede ser cambiado ni
descuidado…”
Ninguna autoridad terrenal y humana debe interferir
en las creencias religiosas de los individuos así lo resalta, salvo algunas
excepciones graves.
“….Diréis que, al seguir esta regla, si
algunas congregaciones concibieran el sacrificio de niños, o (como se acusaba
injustamente a los primeros cristianos) la corrupción en la promiscuidad y la
lujuria, o la práctica de otros excesos similares ¿correspondería, entonces, al
gobernante tolerarlos, ya que se desarrollan en el ámbito de una congregación
religiosa? A esto contesto en forma negativa. Tales cosas no son legítimas en
el curso ordinario de la vida ni tampoco lo son en la adoración de Dios ni en
ninguna asamblea religiosa. Más, sin duda, si algunos se reúnen por razones de
religión y quisieran sacrificar un becerro, niego que esto pudiera ser
prohibido mediante una ley…”
Ya casi finalizando su ensayo nuestro autor
nos deslinda lo concerniente a la Tolerancia en un sentido más estricto.
“…En esto vemos la diferencia entre la
Iglesia y la comunidad política. Lo que es legítimo para el Estado, no puede
ser prohibido por el gobernante a la Iglesia. Aquello que permite el gobernante
a cualquier de sus súbditos para su uso corriente, ¿por qué podría entonces serle
negado a cualquier secta en sus ritos religiosos? Si un hombre puede
legítimamente comer pan o beber vino en su propia casa, ya sea sentado o de
rodillas, la ley no debería limitar su libertad de hacerlo en su servicio
religioso, aunque en la iglesia se dé al pan y al vino un uso muy diferente al
aplicarlos a los misterios de la fe y a los ritos de la adoración divina. Pero
aquellas cosas que son perjudiciales para toda la comunidad en su uso
corriente, no deberían ser permitidas a las iglesias en sus ritos sagrados…”
“….Puede afirmarse que, según la ley de
Moisés, los paganos deben ser eliminados, pero esa ley no es obligatoria para
nosotros los cristianos. Nadie pretende que todo lo que es ordenado por la ley
mosaica deba ser practicado por los cristianos. Pero no hay nada más
superficial que la distinción común que se hace entre la ley moral, judicial y
ritual, tan utilizada por los hombres; ya que ninguna ley positiva puede
obligar a ningún otro pueblo, salvo al que le fue dada. “¡Oye, Oh Israel!”, indica
claramente que la obligación de su ley es sólo para el pueblo de Moisés. Y está
sola consideración es una respuesta suficiente para aquellos que desean amparar
su autoridad en la ley mosaica para infligir la pena de muerte a los idólatras.
Pero detengámonos más detalladamente en este argumento.”
Así pues, les he presentado un breve esbozo
de lo que implico el tratado de la tolerancia del padre del liberalismo clásico,
donde pone de manifiesto como un estado para nada debe intervenir en las convicciones
o creencias religiosas, que debemos dejar de asesinarnos, acabar con la
violencia física y moral, puesto que todos tenemos un lugar en la sociedad,
luego nadie tiene poder o autoridad sobre otra persona respecto de su fe.
Libertad ¡ por siempre libertad y tolerancia.
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